CONSULTA PÚBLICA MODIFICACIÓN PUNTUAL PGOU

CONSULTA PÚBLICA MODIFICACIÓN PUNTUAL PGOU

Fin plazo de exposicion publica [27/12/2019]

Ayuntamiento de Vélez Blanco

Secretaría

Territorio - Planeamiento Urbanístico - CONSULTA PÚBLICA MODIFICACIÓN PUNTUAL PGOU

Publicado: 27/11/2019

Ayuntamiento de Vélez-Blanco
C.I.F. P-0409800-J
Almería
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CONSULTA PÚBLICA PREVIA A LA APROBACIÓN DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PGOU DE VÉLEZ BLANCO PARA NUEVA ZONIFICACIÓN DE EQUIPAMIENTOS PÚBLICOS

Este Ayuntamiento pretende aprobar una modificación del Plan General de Ordenación Urbanística de Vélez Blanco para establecer una zonificación de los equipamientos públicos, por ser un objeto prioritario dotar al municipio de una residencia de personas mayores con una localización cercana o incluso en el propio núcleo urbano

Con el objetivo de garantizar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas con rango reglamentario, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración del Reglamento, debe sustanciarse una consulta pública previa para recabar la opinión de los ciudadanos y de las organizaciones más representativas que potencialmente se puedan ver afectados por el mismo, sobre una serie de aspectos como son los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa, la necesidad y oportunidad de su aprobación, los objetivos de la norma y las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
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En consecuencia, se somete a consulta pública previa a la elaboración del Reglamento, la siguiente Memoria:
§ Antecedentes: En Vélez Blanco no existe Residencia de personas mayores siendo un antiguo deseo de la Corporación municipal dotar al municipio de una, dado el alto porcentaje de personas mayores que viven en el municipio.
§ Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa: Evitar que las personas mayores abandonen el municipio.
§ Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias: Debido a que el cumplimiento de la legislación vigente en materia urbanística autonómica exige tramitar una modificación del planeamiento vigente para poder localizar una zona de equipamiento de carácter social o asistencial donde se pretende, en la parcela catastral 0024801WG8702S0001JR (tradicionalmente conocida como huerto de las monjas), lugar idóneo por la ubicación de la zona y dentro del caso urbano del municipio, actualmente clasificado dicho suelo como residencial, siendo necesario igualmente para su adquisición modificar la calificación del inmueble de propiedad municipal sito en la Calle Federico de Motos núm. 11, que actualmente tiene la calificación de equipamiento público administrativo a residencial, no existiendo, por tanto, alternativa posible, a la tramitación y aprobación de una innovación del PGOU.
§ Necesidad y oportunidad de su aprobación: Dotar al Ayuntamiento de Vélez Blanco de suelo necesario para poder construir una residencia para personas mayores.
§ Objetivos de la modificación del PGOU: Aprobar y publicar la modificación del PGOU, para dar cumplimiento a la normativa urbanística en esta materia.

Durante el plazo de los VEINTE (20) DÍAS hábiles siguientes a la publicación del presente Edicto en el sitio web municipal: www.velezblanco.es, los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, podrán hacer llegar sus opiniones a la siguiente dirección de correo electrónico: registro@velezblanco.es o mediante la presentación de escritos en el Registro General del Ayuntamiento de Vélez Blanco, sito en la Calle Corredera, núm. 38 de Vélez Blanco.
En Vélez Blanco, a 27 de noviembre de 2.019.
EL ALCALDE PRESIDENTE
Pedro Luís Díaz Gil

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