Ayuntamiento de Vélez-Blanco
C.I.F. P-0409800-J
Almería
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ASUNTO: APROBACIÓN EXPEDIENTE ARRENDAMIENTO DEL QUIOSCO DE LA PISCINA MUNICIPAL DE TOPARES, JULIO Y AGOSTO DE 2022.
EXP.: 2022/409840/007-990/00001
Decreto 143/2022
Dº. PEDRO LUIS DÍAZ GIL, ALCALDE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE VÉLEZ BLANCO (ALMERÍA),
Visto que comienza la temporada de verano y que se hace necesario poner en marcha tanto la piscina municipal sita en la barriada de Topares, como el quiosco existente en la misma, con el fin de que los vecinos puedan hacer uso de todo ello y contribuir con ello a la satisfacción de los vecinos y a los fines que le son propios a este Ayuntamiento.
En uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente en materia de régimen local,
HE RESUELTO:
PRIMERO.- Aprobar el Pliego de Condiciones para el arrendamiento del quiosco de la piscina municipal de Topares, propiedad del Ayuntamiento de Vélez Blanco, que habrá de regir la licitación, mediante procedimiento abierto, con un solo criterio de adjudicación, a la oferta más ventajosa económicamente, por un precio tipo de licitación al alza de CIENTO CINCUENTA EUROS (150,00 €).
SEGUNDO.- Aprobar el Expediente Ordinario para llevar a cabo el ARRENDAMIENTO DEL QUIOSCO DE LA PISCINA MUNICIPAL DE TOPARES, JULIO Y AGOSTO DE 2022, y convocar la licitación por procedimiento abierto a la oferta económicamente más ventajosa para su adjudicación.
“PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DEL QUIOSCO DE LA PISCINA MUNICIPAL DE TOPARES.
EXP.: 2022/409840/007-990/00001
1º. OBJETO, PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
1.1.- OBJETO.-
Constituye el objeto del contrato, el arrendamiento mediante procedimiento abierto con un solo criterio de adjudicación del siguiente BIEN de propiedad municipal, calificado como bien patrimonial:
QUIOSCO DE LA PISCINA MUNICIPAL DE TOPARES: Inmueble situado en la Piscina Municipal ubicada en la barriada de Topares, que consta de planta baja, con una superficie aproximada de 20 m2.
1.2.- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
El presente contrato se adjudicará por PROCEDIMIENTO ABIERTO A LA OFERTA ECONÓMICAMENTE MÁS VENTAJOSA, CON UN SOLO CRITERIO DE ADJUDICACIÓN, EL PRECIO OFERTADO, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley 7/1999, de 29 de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, en el artículo 77 del Decreto 18/2006, de 24 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía y en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP).
2º. PRECIO. TIPO DE LICITACIÓN.
El canon del arrendamiento se fija en 150,00 €
Siendo por tanto el tipo de licitación al alza de CIENTO CINCUENTA EUROS (150,00 €) impuestos excluidos.
Serán de cuenta del adjudicatario cuantos gastos, impuestos o arbitrios se originen con ocasión de la contratación incluidos los de publicación.
3º. HORARIO DE APERTURA DEL QUIOSCO.
El quiosco sólo podrá estar abierto cuando se abra al público la piscina, exclusivamente, siendo el horario de apertura de 11:00 horas a 19:00 horas.
4º. FORMA DE PAGO.
El adjudicatario deberá abonar el canon a la fecha de la formalización del contrato.
5º. DURACIÓN DEL CONTRATO
La duración del presente contrato será de DOS MESES, desde 1 de julio de 2022 al 31 de agosto de 2022.
6º. CAPACIDAD PARA CONTRATAR
Están facultadas para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas y extranjeras que, teniendo plena capacidad de obrar, acrediten la correspondiente solvencia económica y financiera y no estén incursos en ninguna de las prohibiciones del artículo 71 de la LCSP.
Podrán concurrir uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor. Dichos empresarios responderán solidariamente ante la Administración y deberán nombrar un representante o un apoderado único de la Unión.
7º. EXPOSICIÓN PÚBLICA DE LA DOCUMENTACIÓN
El expediente de esta subasta en el que se incluye el Pliego de Condiciones, podrá ser examinado, tomando las notas que se precisen, en la Secretaría del Ayuntamiento de Vélez Blanco y en el plazo de QUINCE DÍAS NATURALES (15 días), a partir del siguiente a la inserción del anuncio de licitación en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento cuya dirección de Internet es: www.velezblanco.es
8º. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
Las proposiciones y documentación adjunta, se presentará en el Registro General de este Ayuntamiento, en sobre cerrado, en cuyo anverso deberá figurar la correspondiente inscripción: PROPOSICION PARA TOMAR PARTE EN LA SUBASTA PARA EL ARRENDAMIENTO DEL QUIOSCO DE LA PISCINA MUNICIPAL DE TOPARES
a. El sobre, además de la proposición debidamente firmada por el proponente con arreglo al modelo inserto al final de este pliego, contendrá la siguiente documentación.
b. Si la empresa fuese persona jurídica, Escritura de Constitución o modificación debidamente inscrita, en su caso, en el Registro Mercantil y el código de identificación fiscal o mediante documento de constitución, estatutos o acto fundacional en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos en el correspondiente Registro Oficial.
c. Para los empresarios individuales D.N.I o el documento que en su caso le sustituya.
d. Declaración Jurada de no hallarse el oferente incurso en ninguna causa de incapacidad e incompatibilidad, ni en ninguna causa de prohibición para contratar de las previstas en el artículo 71 de la Ley de Contratos del Sector Público. (Modelo de Proposición Anexo II)
e. Aceptación plena del Pliego de Condiciones económico-administrativas de la presente licitación y cuantas obligaciones del mismo se deriven, como concursante y como adjudicatario, si lo fuese: Igualmente acepta las normas técnicas e instrucciones para el equipamiento del quiosco, así como la obligación de sufragar el importe que ocasionen los gastos del mismo (Modelo de Proposición Anexo II).
f. Oferta económica. Base de Licitación: CIENTO CINCUENTA EUROS (150,00 €), mejorada al alza (Anexo I)
El plazo para presentar las proposiciones será de QUINCE DÍAS NATUARALES, finalizando el MARTES 28 de junio de 2022 a las 14:00 horas.
9ºÓRGANO DE CONTRATACIÓN
Las funciones de Órgano de contratación corresponden a la Alcaldía de este Ayuntamiento, conforme a la DA2ª de la LCSP.
10º MESA DE CONTRATACIÓN
Para la asistencia al órgano de contratación del procedimiento se constituirá la Mesa de Contratación cuya composición será la siguiente:
PRESIDENTE: -Titular: Concejal representante de la Alcaldía en Topares o concejal en quien delegue.- Suplente: Dª. Ana María López López, Primera Teniente de Alcalde.
SECRETARIO: Dª Juana A. Montoro Carrión, Auxiliar Administrativo.
VOCALES
- Secretario-Interventor o persona que legalmente le sustituya.
- María Dolores García Alcaina, Auxiliar Administrativo.
- Trabajador municipal de obras y servicios en Topares o personal en quien delegue
Los miembros de la Mesa podrán delegar sus funciones en otros concejales o funcionarios, según proceda. El citado órgano de apoyo queda facultado para informar al órgano de contratación a fin de que por éste se resuelvan cualesquiera cuestiones incidentales que puedan surgir en el desarrollo de la presente contratación.
11º. APERTURA DE PROPOSICIONES
La Mesa de Contratación procederá a la apertura de las proposiciones presentadas el día MIÉRCOLES 29 de junio de 2022, a las 12:00 horas, en el Salón de Actos del Ayuntamiento, sito en la C/ Corredera, nº 38 de Vélez Blanco, 2ª planta.
12º. ADJUDICACIÓN
El órgano de contratación, previa la propuesta de la Mesa de Contratación, y los informes técnicos que considere convenientes, adjudicará el contrato en el plazo máximo tres días, a contar desde el siguiente al de apertura en acto público, de las ofertas recibidas.
La adjudicación se efectuará por el Alcalde Presidente a la oferta más ventajosa económicamente, en caso de empate, la adjudicación se realizará por orden cronológico de la presentación de las ofertas.
13º. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO Y ARRENDADOR
Serán de cuenta del arrendatario las actuaciones encaminadas a limpieza y mantenimiento necesario, con el fin de conservar las instalaciones en perfecto estado, destinándolas exclusivamente al uso pactado, respondiendo, incluso de los deterioros producidos por los usuarios.
Además, el arrendatario tiene las obligaciones siguientes:1. El alta en el Impuesto de Actividades Económicas.
2. Está obligado al pago de todos los gastos de mantenimiento del Quiosco, incluidos el agua, la luz y limpieza. Así como a la limpieza de la zona adyacente a las instalaciones en un radio de 25 metros.
3. Tener horario de apertura coincidiendo con la apertura de la piscina, de 11:00 h a 19:00 h.
4. Aportar todos los accesorios del Quiosco de la piscina municipal.
5. Suscribir la correspondiente póliza de seguro de responsabilidad civil y, demás seguros obligatorios exigidos por la legislación vigente.
6. La lista de precios será estipulada por el Ayuntamiento.
7. La administración del local es competencia del Ayuntamiento.
8. Los establecimientos deberán cumplir los requisitos de limpieza, desinfección y desinsectación en todas sus dependencias.
9. No podrá colocar publicidad alguna sin permiso expreso del Ayuntamiento.
10. Permitir la inspección por el personal que designe el Ayuntamiento y, acatar la instrucciones que al respecto le sean dadas para el correcto funcionamiento.
El Arrendador está obligado a ceder los locales.
14º. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
Son causas de resolución del contrato las generales previstas en la Ley de Contratos del Sector Público y, el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas y obligaciones fijadas en este pliego de cláusulas administrativas particulares, las cuales se conceptúan a tales efectos como esenciales.
La resolución del contrato implicará la terminación del arrendamiento antes el plazo fijado sin devolución alguna del precio pagado, debiendo abonarse al Ayuntamiento los daños y perjuicios efectivos que se le ocasionen.
15º. JURISDICCIÓN COMPETENTE
Para cuantas cuestiones y litigios que puedan derivarse del cumplimiento de este contrato, las partes se someten a la jurisdicción civil de los Tribunales de Almería con renuncia expresa de cualquier otro fuero y domicilio que en derecho pudiera corresponderles.
No obstante, se considerarán actos jurídicos separables los que se dicten en relación con la preparación y adjudicación del contrato, y en consecuencia podrán ser impugnados ante el orden jurisdiccional contencioso administrativo.
16º. NORMATIVA APLICABLE
La presente enajenación se regirá en cuanto a su preparación y adjudicación, con carácter preferente, por la legislación patrimonial contenida en la LRBRL, el RB, el TRRL y el RS; y en su defecto por le LCSP y sus disposiciones de desarrollo; y en cuanto a sus efectos y extinción por las normas de derecho privado, Ley de Arrendamientos Urbanos de 24 de noviembre de 1994 y demás normas de derecho privado.
EL ALCALDE PRESIDENTE
Fdo.: Pedro Luis Díaz Gil”
OFERTA ECONÓMICA (ANEXO I)
D/Dª ..........................................................., con DNI núm. ..........................., domiciliado en calle ...................................., núm. ............, de ............................., Código Postal ................., Provincia ...................., País ...................., Teléfono ............, Fax ............, mayor de edad, en nombre propio o actuando en representación de la empresa ...................., cuyo Código de Identificación Fiscal es ............, y su domicilio social en calle ...................., núm. ............, de ...................., Código Postal ............, Provincia ...................., País ...................., Teléfono ............, Fax ............, enterado de los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas para el arrendamiento del Quiosco de la Piscina Municipal de Topares, propiedad del Ayuntamiento de Vélez Blanco, se compromete a tomar en arriendo la misma durante los meses de julio y agosto de 2022, ofreciendo como precio de licitación .......................................................................................................................... euros
(en letra y en número) y aceptando todas y cada una de las condiciones consignadas en los Pliegos, haciendo constar que no estoy incurso en ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 71 de la LCSP.
Lo que firma en ...................., a .... de ............ de ....
FIRMA
MODELO DE PROPOSICION (ANEXO II)
D......................................................................................, con domicilio en .................................................................. con D.N.I. número.............................. en nombre propio o en representación de..................................., teléfono............................................. hace constar:
Ø Que solicita su admisión a la licitación convocada por el Ayuntamiento de Vélez Blanco según anuncio inserto en el tablón de edictos, de fecha 13 de junio de 2022, para el arrendamiento del quiosco sito en la piscina municipal de Topares,
Ø Que declara bajo juramento que no se halla incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad ni de prohibición enumeradas en el artículo 71 de la Ley de Contratos del Sector Público.
Ø Que declara bajo juramento estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias frente al Estado, a la Comunidad Autónoma de Andalucía y al Ayuntamiento de Vélez Blanco y con la Seguridad Social.
Ø Acepta plenamente el Pliego de Condiciones de esta Licitación y cuantas obligaciones del mismo se deriven como concursante y como adjudicatario si lo fuese. Igualmente acepta las normas técnicas e instrucciones para el equipamiento del quiosco, así como la obligación de sufragar el importe que ocasionen los gastos del mismo.
Vélez Blanco a ____de JUNIO de 2022